RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 362-2021-GR-APURIMAC.GG

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noviembre 12th, 2021
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 362-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULOPRIMERO:DECLARAR RESUELTO de forma total, e! Contrato Gerencial General Regional N° 1783-2019-GR-APURIMAC/GG, de fecha 29/11/2019,  suscrito entre la entidad y el Consorcio  Torrechayoc, para  la -ejecuctón -de  la obra denominada  «Mejoramiento -del  Servicio  Educativ0 del  nivel Inicial en las Instituciones Educativas, Nº977 Distrito de Andarapa, N°54725, N°55006-16,  Nº54494 Distrito de Tumay, Huaraca,  54631  Distrito de Santa María de Chícmo,  Provincia de Andahuaylas, Región  Apurímac»,  por acumulación de monto máximo de penalidad por mora (10% del monto total de contrato vigente), al incumplimiento de sus obligaciones contractuales y esenciales conforme se acredita de los antecedentes documentales, los informes y opiniones técnicas, y de acuerdos a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: SE DISPONE, que de conformidad al art. 207°, numeral 207.2), del Reglamento de Ley de Contrataciones del Estado, se realice la constatación física e inventario, en el lugar de la ejecución de la obra, los días 27,28,29,30 de setiembre y 01 de octubre del presente año, exhortando la participación de las áreas técnicos de la entidad para dicho acto.

ARTICULO TERCERO:  SE DISPONE, que se notifique, mediante carta notarial, a! Consorcio Torrechayoc, el presente acto .resolutivo, en su domicilio con.signado sito en Av. Tullumayo N° 213-A. del Distrito de Wanchaq,  Provincia y Región Cusco; así corno a su correo electrónico consignado – RONALD_VN54@HOTMAIL.COM.

ARTÍCULO CUARTO: SE ENCARGA,    a la Dirección Regional de Administración,  para que, a través de los órganos competentes, ejecute la fianza de fiel cumplimiento  y realice  las demas acciones por la resolución del contrato, de acuerdo al procedimiento  y formalidad establecido  por la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado.

ARTICULO   QUINTO:  SE  ENCARGA, al  área usuaria del  contratado  de  ejecución  y/o  al  área de liquidación de la entidad,  implementar las acciones que describe el art. 207º  numeral  207.4. En caso  que  la resolución  sea  por incumplimiento del  contratista, en  la liquidación se  consignan  y se  hacen  efectivas las penalidades que correspondan.

ARTICULO SEXTO:  SE  DISPONE,  la publicación  de  la presente resolución  en  la página  web  del Gobierno  Regional  de Apurímac, www.regionapurimac,gob.pe, de conformidad  a  lo prescrito  en  la Ley de Transparencia  y Acceso a la Información Pública.

ARTICULO  SETIMO:  NOTIFICAR, fa presente resolución   a  la Gerencia  General  Regional;  Gerencia Regional  de  Infraestructura; Oficina  Regional  de  Supervisión, Liquidación  y  Transferencia de  Proyectos de Inversión; Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del  Gobierno  Regional  de Apurímac, para su conocimiento, cumplimento y demás fines de Ley. ( VER PDF )

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