SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución N° 07 (sentencia) de fecha 30 de enero del 2020 recaída en el Expediente Judicial N° 00612-2019-0-0301-JR-CI-01, por la que se declara: FUNDADA la demanda sobre nulidad de acto administrativo y reconocimiento del pago de los reintegros diferenciales por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, interpuesta por DANIEL MEZARES GUZMAN, obrante a folios veinticuatro y siguientes; en tal razón, DECLARO: la Nulidad Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N°. 271- 2019-GR-APURIMAC/GR, de fecha 07 de Mayo 2019, solo en el extremo del demandante, quedando subsistente todo lo demás; y DISPONGO: Que el Gobierno Regional de Apurímac, declare fundado el recurso de apelación interpuesto por la demandante, contra la Resolución Directoral Regional N°.0039-2019-DREA, de fecha 30 de Enero del 2019; y emita nueva resolución administrativa reconociendo en favor del demandante el pago de los reintegros diferenciales por concepto de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración, calculado en base a su remuneración total o íntegra, desde la fecha en que por ley le fue abonada dicha bonificación, hasta un día antes de su cese, más los respectivos intereses legales; en el plazo de VEINTE DIAS de quedar consentida o ejecutoriada la presente resolución…,)».
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR que la Dirección Regional de Educación Apurímac, según corresponda, tenga que efectuar las acciones administrativas, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. (VER PDF)