agosto 27th, 2021

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DESESTIMAR la solicitud formulada por ANIBAL SALOMON MARTINEZ PARRA; sobre cumplimiento de la Resolución Ejecutiva Regional Nro. 353-2017-GR-APURIMAC/GR; al no contar con sentencia judicial en calidad de Cosa Juzgada y carecer de presupuesto para su cumplimiento.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, la notificación personal del interesado con la presente resolución en el domicilio consignado en la Carta Notarial materia del presente. (VER PDF)