SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, de OFICIO LA NULIDAD del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada AS-SM-106-2019-GRAP-3 (Tercera Convocatoria), para la adquisición de Pista Footing, que incluye Instalación y Pintado de Carriles E= 5CM a todo costo, para el Proyecto: «Mejoramiento del Complejo Deportivo el Olivo para el Desarrollo de las Actividades Deportivas en el Distrito de Abancay, Provincia de Abancay, Región Apurímac», por la causal de contravención a las normas legales, conforme a los alcances del numeral 44.2 del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, debiendo retrotraerse el procedimiento a la etapa de CONVOCATORIA, previa reformulación de las especificaciones técnicas del requerimiento (a efectos de que el requerimiento contenga las exigencias previstas en las leyes, reglamentos técnicos y demás normas que regulan el objeto de la contratación con carácter obligatorio). En mérito a los antecedentes documentales, informes técnicos y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. (VER PDF)