SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – RECTIFICAR, el error material contenido en el Artículo Tercero de la Resolución Gerencial General Regional N° 139-2020-GR.APURIMAC/GG, de fecha 17 de junio de 2020, en los siguientes términos:
«ARTÍCULO TERCERO.- El Comité deberá instalarse de manera inmediata y sus acciones deberán de ceñirse de manera estricta a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 001-2016-GR.APURIMAC/GR, «Procedimientos para Liquidación y Transferencia por la modalidad de oficio de Proyectos de Inversión Pública ejecutados y/o financiados por el Gobierno Regional de Apurímac», aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 157-2016-GR.APURIMAC/GR, y demás normas complementarias y/o modificatorias.»
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR SUBSISTENTES, los demás extremos de la Resolución Gerencial General Regional N° 139-2020-GR.APURIMAC/GG, de fecha 17 de junio de 2020, en cuanto no se opongan a la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno de los miembros integrantes del Comité; así como a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.