SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR, FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por el señor Samuel Ismael CARRION TRUJILLO contra la Resolución Directoral Regional N° 0814-2020-DREA, su fecha 21 de setiembre del 2020. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución la NULIDAD PARCIAL, del Artículo 1ro. referidos al monto adeudado y los considerandos pertinentes de la resolución materia de cuestionamiento y SUBSISTENTE, en los demás extremos que la contiene. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 228 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, DICTE NUEVA RESOLUCION, conforme a derecho, respecto a la deuda que tiene contraído por el concepto antes indicado con el señor Samuel Ismael CARRION TRUJILLO, conforme a los alcances de la R.D.R. N° 0215-2018-DREA de fecha 08 de marzo del 2018. (VER PDF)