SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR el NO HABER MÉRITO PARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO – PAD, para el deslinde de responsabilidades administrativas derivados del INFORME DE AUDITORIA N° 006-2020- OCI/5333-AC, del Órgano Regional de Control Institucional del Gobierno Regional de Apurímac., por los fundamentos expuestos en la parte expositiva, DISPONER el Archivo del procedimiento administrativo disciplinario.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la presente sea puesta en conocimiento del Procurador Público Regional, a fin que cumpla con lo establecido por Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR y COMUNICAR, al Órgano de Control Institucional y los demás órganos administrativos pertinentes. Derivar el presente acto resolutivo a la oficina de Secretaria Técnica de la entidad, remitir los cargos y/o demás actuados para su archivo y custodia de acuerdo a sus funciones. (VER PDF)