SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución número siete 07 (sentencia) de fecha 05 de febrero del 2019; CONFIRMADA mediante resolución numero 12 (sentencia de vista) de fecha 19 de setiembre del 2019, recaída en el Expediente Judicial N° 001124-2018-0-0301-JR-CI-01. por la que se declara FUNDADA la demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por TEOFILO VARGAS SANCHEZ, contra el Gobierno Regional de Apurímac y la Dirección Regional de Apurímac. sobre los derechos laborales del actor, vinculado al incremento de su remuneración del 10% por contribución al Fondo Nacional de Vivienda establecido por el Decreto Ley N° 25981, consecuentemente reconociéndole del actor el derecho a Percibir el pago de los devengados o reintegro del 10% del incremento de la remuneración por contribución al FONAVI tal como lo establece la Norma con el pago retroactivo de los devengados desde la fecha en que dicho incremento es exigible, es decir desde la vigencia del Decreto Ley N° 25981, el cálculo debe efectuarse con el pago de los intereses legales que le corresponden conforme a Ley. (VER PDF)