RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N 068-2020-GR-APURIMAC.GRI

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noviembre 27th, 2020
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N 068-2020-GR-APURIMAC.GRI
Descripción:

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR, la Resolución Gerencial Regional N° 059-2020-GR/APURIMAC/GRI. de fecha 22/09/20, referente a la parte resolutiva del Artículo Primero, que APRUEBA, el Expediente Técnico del IOARR denominado: «ADQUISICIÓN DE MONITOR MULTIPARÁMETRO, CAMA CLINICA RODABLE, ASPIRADOR DE SECRECIONES Y PULSIOXIMETRO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS CENTRO DE SALUD HUACCANA DISTRITO DE HUACCANA, PROVINCIA DE CHINCHEROS, DEPARTAMENTO APURIMAC», con Código Unificado N° 2489378, debiendo quedar redactado de la siguiente manera:

DICE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del IOARR denominado: «ADQUISICIÓN DE MONITOR MULTIPARÁMETRO, CAMA CLÍNICA RODABLE, ASPIRADOR DE SECRECIONES Y PULSIOXIMETRO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS CENTRO DE SALUD HUACCANA DISTRITO DE HUACCANA, PROVINCIA DE CHINCHEROS, DEPARTAMENTO APURIMAC», con Código Unificado N° 2489378, con un presupuesto total de S/. 505, 531.61 soles (Quinientos Cinco Mil, Quinientos Treinta y Uno con 61/100 Soles), con un plazo de ejecución de 75 días calendarios (2.5 meses), cuya modalidad de ejecución será por Administración Directa, el mismo que cuenta con dos fólderes con un total de 228 folios más 01 CDS, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

DEBE DECIR:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del IOARR denominado: «ADQUISICIÓN DE MONITOR MULTIPARÁMETRO, CAMA CLÍNICA RODABLE, ASPIRADOR DE SECRECIONES Y PULSIOXIMETRO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS CENTRO DE SALUD HUACCANA DISTRITO DE HUACCANA, PROVINCIA DE CHINCHEROS, DEPARTAMENTO APURIMAC», con Código Unificado N° 2489378, con un presupuesto total de S/. 434,284.61 soles (Cuatrocientos Treinta y Cuatro Mil, Doscientos Ochenta y Cuatro con 61 Soles), con un plazo de ejecución de 75 días calendarios (2.5 meses), cuya modalidad de ejecución será por Administración Directa, el mismo que cuenta con dos fólderes con un total de 353 folios más 02 CDS. De acuerdo a los antecedentes documentales, informes técnicos y opiniones favorables emitidos por el Personal Profesional Especializando de la Entidad, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: DEJAR, subsistente e inalterable los demás extremos de la Resolución Gerencial Regional N° 059-2020-GR/APURIMAC/GRI. de fecha 22/09/2020. (VER PDF)

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