SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto: «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y REGULACIÓN PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA LAS 7 PROVINCIAS DE LA REGIÓN APURÍMAC», con Código Único N° 2457746, con un presupuesto Total de S/. 3,583,745.32, que se ejecutara por la modalidad de ejecución presupuestaria directa, para su
Que, en fecha 04/06/2020, se publica el Decreto Supremo N° 101-2020-PCM- Decreto Supremo que aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, y modifica el Decreto Supremo N° 080-2020- PCM; el mismo que, entre otros, DECRETA: Artículo 1.-Aprobación e implementación de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades 1.1 Apruébese la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, conforme a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15 y su modificatoria. 1.2 Las actividades contenidas en la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. 1.3 La implementación de la Fase de la Reanudación de Actividades inicia a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. 1.4 Para efectos de lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, modificado por el presente Decreto Supremo, los sectores competentes de las actividades incluidas en la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, se incluyen en el Anexo de la presente norma. (…). Así mismo detalla en su ANEXO – ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE LA FASE 2: Construcción.- Provectos de inversión pública, provectos de inversión privada, Asociaciones Público Privadas, Provectos en Activos, IQARRyel PIRCC; (VER PDF)