RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – APROBAR el Expediente Técnico sobre Liquidación Técnica y Financiera de la Propuesta Productiva: «INCREMENTO DE LA PRODUCCION DE MAIZ DE CHOCLO ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE SAN IGNACIO – KIUÑALLA, DISTRITO DE HUANIPACA, ABANCAY-APURIMAC», por el monto de S/.194,009.84 (Ciento noventa y cuatro mil nueve 84/00 soles) de los ejercicios presupuéstales según meta: 2013-398, 2014-192, 2015-208 y 2016-247, conforme se tiene del acta de conciliación financiera; importe que corresponde al aporte económico del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac,. para que a través de sus órganos competentes contables, realice todas las recomendaciones y las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado, de Propuesta Productiva antes señalada.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER, el cierre del expediente respectivo, una vez que quede consentida la liquidación y se haya efectuado los ajustes contables correspondientes.
ARTICULO CUARTO.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, elabore adecuadamente el informe de Cierre, conforme a lo establecido en la Guía Operativa para la Gestión e Implementación de PROCOMPITE, comunicando al Ministerio de la Producción con este, así como con la presente Resolución de Liquidación Técnica-Financiera, a fin de que procedan conforme a sus atribuciones.
ARTICULO QUINTO.- REMITIR Copias de los Actuados a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades; a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, conforme a la normatividad vigente.
ARTICULO SEXTO.- NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Coordinador Regional de PROCOMPITE y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines de ley que corresponda.