SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por los servidores del Gobierno Regional de Apurímac CARLOS EMILIO TUME AVENDAÑO, identificado con DNI. N° 23842966, SANTOS CCORAHUA AYTE, identificado con DNI. N° 23888848, YANET ANGÉLICA PALOMINO DONGO, identificada con DNI. N° 31009654, BERTHA AQUILINA CASTAÑEDA VELASQUEZ, identificada con DNI N° 09206932, EULALIA HINOJOSA ASCUE, identificada con DNI. N° 09157400, MANUEL AZCURRA SALAS, identificado con DNI. N° 06562702, JUAN FRANCISCO CISNEROS SULLCAHUAMAN, identificado con DNI. N° 23921859 y JUAN HERNÁN FLORES VIRTO, identificado con DNI. N° 31353992, quienes solicitan el pago de los devengados y/o reintegros diferenciales de la Remuneración Principal en mérito al Artículo 6o del Decreto Supremo N° 051-91-PCM y de acuerdo a los montos establecidos en sus anexos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las Instancias administrativas correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, a los legajos personales y servidores comprendidos para su conocimiento y fines consiguientes.