RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 170-2020-GR.APURIMAC.GG

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julio 13th, 2020
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 170-2020-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, IMPROCEDENTE la solicitud de «Adicional de obra en Seguridad y Salud Ocupacional y Medio Ambiente» del Proyecto: «Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Salud en los PS I -1 Curanco, Mutkani, Llanaccollpa, Santa Rosa, Huaculio, Huancaray y Palccayño, PS I – 2: Chuñohuacho, de la Microred Antabamba, Provincia de Antabamba – Departamento de Apurimac», peticionado por el contratista ejecutor Oscar Wilfredo Luna Castillo; por no contar con el sustento técnico y legal necesario, según los informes técnicos y opiniones del personal profesional técnico especializado de la entidad y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE, en el día con la presente resolución al Contratista Ejecutor Ing. Oscar Wilfredo Luna Castillo; al consultor encargado de la Supervisión de la Obra, al Coordinador de Proyectos de Inversión de la Gerencia Regional de Infraestructura (Administrador de Contrato), Coordinador de Obras por Contrata (ORSLTPI), para su conocimiento, cumplimiento, fines de ley.

ARTICULO TERCERO: EXHORTAR, al encargado de la supervisión de la obra, empresa Traza Ingeniería y Construcción S.A.C., el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, las cuales están enmarcadas en su Contrato Gerencial General Regional N° 044-2020-GR-APURIMAC/GG., y al cumplimiento de la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado, bajo responsabilidad.

ARTICULO CUARTO: EXHORTAR, a las áreas técnicas de la entidad, Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, y a sus profesionales técnicos especializados, el estricto cumplimiento de la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado, a fin de cumplir con los objetivos del proyecto, bajo responsabilidad.

ARTICULO QUINTO: SE DISPONE, la publicación de ia presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

ARTICULO SEXTO: NOTIFIQUESE, a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, y a la Procuraduría Publica Regional, para el inicio de las acciones administrativas y legales que correspondan, contra los responsables por el retraso en el trámite y las consecuencias que generó dicha omisión.

ARTICULO SETIMO: NOTIFIQUESE, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Infraestructura; Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión; Procuraduría Publica Regional y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y acciones de ley que ameriten por corresponder, bajo responsabilidad.

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