RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 158-2020-GR.APURIMAC.GR

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abril 9th, 2020
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 158-2020-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. – APROBAR la CONFORMACION DE GRUPO DE TRABAJO denominado «COMANDO DE OPERACIONES REGIONAL COVID – 19 APURIMAC», que tendrá como objetivo implementar, ejecutar, controlar, y evaluar el proceso de atención a nivel de la región de los casos de Coronavirus (COVID – 19).

ARTICULO SEGUNDO. – El «COMANDO DE OPERACIONES REGIONAL COVID – 19 APURIMAC», está integrado conforme al detalle siguiente:

PRESIDENTE: DIRECTOR REGIONAL DE SALUD- APURÍMAC
MIEMBROS :

DIRECTOR DE LA DISA II DE ANDAHUAYLAS

DIRECTOR EJECUTIVO DE EsSALUD DE APURIMAC

DIRECTOR DEL HOSPITAL DIOSPI SUYANA

DIRECTORA (e) DE LA SANIDAD POLICIAL-PNP

DECANO DEL COLEGIO MÉDICO DE APURIMAC

CLINICA SANTA TERESA DE ABANCAY

ARTICULO TERCERO. – El Grupo de trabajo del Comando de operaciones se encuentra facultado para solicitar colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de las diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito regional.

ARTICULO CUARTO. – El financiamiento esta sujeto a la prestación de servicios mediante la DIRESA- APURIMAC.

ARTICULO QUINTO. – SE DISPONE la instalación del «COMANDO DE OPERACIONES REGIONAL COVID – 19 APURIMAC» en el mismo día de la expedición de la presente resolución Ejecutiva Regional y debiendo elaborar el Plan de trabajo dentro de los dos (02) días hábiles de instalada.

ARTICULO SEXTO. – SE DISPONE que todos los establecimientos y/o centros de salud proporcionen y faciliten toda la información requerida por el COMANDO DE OPERACIONES REGIONAL COVID – 19 APURIMAC.

ARTICULO SEPTIMO. – El Comando de Operaciones Regional tiene vigencia hasta quince (15) días calendarios posteriores a la finalización de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud debido a la exsistencia del COVID- 19.

ARTICULO OCTAVO. – DISPONER a Secretaria General notifique la presente resolución a todos los involucrados; asimismo publíquese la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac. gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

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