DECRETO REGIONAL N° 003-2020-GOREAP.GR

Archivo
marzo 26th, 2020
DECRETO REGIONAL N° 003-2020-GOREAP.GR
Descripción:

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR MEDIDAS PARA EL TRABAJO REMOTO EN EL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC:

En donde el trabajo remoto se caracteriza por la presentación subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario. El trabajo remoto está orientado a la gestión por resultados y puede utilizar cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ÁMBITO DE APLICACIÓN:

2.1    El presente Decreto, es de aplicación inmediata para todas las entidades pertenecientes al Gobierno Regional de Apurímac, sean éstas Unidades Operativas ó Ejecutoras en el marco de sus competencias; donde los trabajadores designados de la institución modifican el lugar de prestación de servicios con la finalidad de implementar el trabajo remoto.

2.2    El trabajo remoto no resulta aplicable a los trabajadores con el virus (COVID-19), ni a quienes se encuentren con descanso médico. En los casos anteriores se aplicará la suspensión imperfecta de labores de conformidad a la normatividad vigente.

ARTÍCULO TERCERO. – ÁREAS ADMINISTRATIVAS POR EMERGENCIA:

Designar áreas administrativas por emergencia, a fin de atender asuntos de urgencia estableciendo una jornada laboral para el cumplimiento de sus funciones, el presente artículo es de aplicación para:

•    Gobernación Regional.

•    Gerencia General Regional.

•    Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

•    Gerencia Regional de Infraestructura.

•    Gerencia Regional de Recursos Naturales.

•    Gerencia Regional de Desarrollo Económico.

•    Gerencia Regional de Desarrollo Social.

•    Dirección Regional de Administración y sus dependencias.

•    Secretaría General.

•    Dirección Regional de Asesoría Jurídica.

•    Dirección Regional de Comunicaciones.

ARTÍCULO CUARTO. – GERENCIAS Y DIRECCIONES:

Facultar a las Gerencias Regionales y Direcciones Sectoriales Regionales en coordinación con las Oficinas de Recursos Humanos la designación de los trabajadores en los servicios indispensables para la aplicación de trabajo remoto.

ARTÍCULO QUINTO. – OBLIGACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL:

5.1    Mantener la naturaleza del vínculo laboral, la remuneración, las funciones desempeñadas de los trabajadores del Gobierno Regional de Apurímac.

5.2    Comunicar al trabajador la decisión de cambiar el lugar de la prestación de servicios a fin de implementar el trabajo remoto en el Gobierno Regional de Apurímac mediante soporte físico o digital que permita dejar constancia de ello.

ARTÍCULO SEXTO. – OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR:

6.1    Cumplir la normatividad vigente sobre las políticas de seguridad de la información, protección y confidencialidad de los datos que involucren los procesos del Gobierno Regional de Apurímac.

6.2    Encontrarse disponible, durante la jornada laboral, para realizar las consideraciones necesarias con el objetivo de cumplir los fines públicos desempeñados.

ARTÍCULO SÉPTIMO. – EQUIPO Y MEDIOS PARA DESARROLLAR EL TRABAJO
Es considerado todo equipo, medio informático o afín que resulte necesario para la prestación de servicios del Gobierno Regional de Apurímac en la implementación del trabajo remoto.

ARTÍCULO OCTAVO. – INICIO Y SEGUIMIENTO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO EN EL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC:

Se habilita el portal web https://www.regionapurimac.gob.pe para iniciar y realizar seguimiento de trámite documentario a través de los canales de atención como WhatsApp, mensaje de correo y el SIGE (Sistema Integrado de Gestión de Documentos) durante la jornada laboral.

ARTÍCULO NOVENO. – ENCARGAR, a la Secretaria General del Gobierno Regional de Apurímac, la publicación de la presente, en el portal de transparencia y en la pagina web, conforme a Ley.

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]