RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 074-2020-GR.APURIMAC.GG

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marzo 16th, 2020
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 074-2020-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo» por 07 días, con relación a la Orden de Compra – Guía de Internamiento N° 0004191 de fecha 31/12/2019, derivado del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 109-2019-GRAP (Segunda Convocatoria), al haber sido peticionado por DON JORGE LUIS ALIAGA MAZA, en fecha 24/02/2020, mediante Carta N° 127-2020-KOSSODO SAC, registrado con SIGE Nro. 4201, quién no es el Representante Legal del Contratista KOSSODO S.A.C. acreditado ante el Gobierno Regional de Apurímac; por carecer de interés y legitimidad para obrar; por carecer de sustento técnico y legal; por no estar debidamente acreditado, y; no estar conforme a la formalidad y procedimiento establecido por el artículo 158° del Reglamento de la Lev de Contrataciones del Estado. Más aún que, referida orden de compra se rige bajo el sistema de contratación a suma alzada y las contrataciones que se llevan a cabo bajo este sistema de contratación, tienen como regla general la ínvariabilidad tanto del precio como del plazo. Conforme a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, bajo apercibimiento de ley, al Contratista KOSSODO S.A.C. con RUC N° 20100488427, el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, establecidas en la Orden de Compra – Guía de Internamiento N° 0004191 de fecha 31/12/2019 y las especificaciones técnicas establecidas en las bases integradas del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 109-2019-GRAP (Segunda Convocatoria).

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, en el día bajo responsabilidad, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución, al Contratista KOSSODO S.A.C., a su correo electrónico contractual: equipolicitaciones@kossodo.com, y; a su domicilio contractual: Jirón Chota N°1161 Lima – Cercado, para su conocimiento y fines de ley.

ARTÍCULO CUARTO: SE EXHORTA, al Director de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y al Personal a su cargo, mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones con relación a los contratos y/o órdenes de compra y/o órdenes de servicio, ejecutado por la modalidad de contrataciones, conforme a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

ARTÍCULO QUINTO: SE EXHORTA, al Personal de la Gerencia Regional de Infraestructura y de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, verificar y.exigjr inmediatamente el cabal cumplimiento de la prestación de la Orden de Compra – Guía de Internamiento» N° ÓÓ04191 de fecha 31/12/2019, de acuerdo a lo establecido por las especificaciones técnicas de las bases integradas del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 109-2019-GRAP (Segunda Convocatoria); asimismo, adoptar las medidas y acciones administrativas, por el retraso e incumplimiento de obligaciones contractuales deí Contratista KOSSODO S.A.C., conforme a lo previsto por la normativa de contrataciones del estado.

ARTÍCULO SEXTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO SEPTIMO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Oficina Regional de Control Institucional (OCI); Gerencia Regional de Infraestructura; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, atención y fines de ley que amerite por corresponder.

 

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