SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR, INFUNDADO los recursos de apelación interpuesto por los señores: Rómulo PEDRAZA PACHECO, contra la Resolución Directoral Regional N° 1330-2019-DREA, de fecha 22 de agosto del 2019 y Jorge Beltrán QUISPE GUZMAN, contra la Resolución Directoral Regional N° 1761-2019-DREA, de fecha 18 de noviembre del 2019 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General. Modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 228 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que Aprueba el TUO de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO. – DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo guedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO. – NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurimac, a los interesados e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO. – PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regi0napurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.