HA APROBADO EL ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Lista de Proyectos Priorizados para su Financiamiento y Ejecución en el Marco del Texto Único Ordenado de la Ley 29230, conforme se indica a continuación: (VER PDF)
ARTÍCULO SEGUNDO.- CONSTITUIR el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la EMPRESA PRIVADA que financiará y ejecutará el Proyecto viable y previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (03) miembros titulares y tres (03) miembros suplentes; el mismo que estará integrado por las siguientes personas: (VER PDF)
ARTÍCULO TERCERO.- CONSTITUIR el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA que se contratará para la supervisión de la ejecución del Proyecto previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (03) miembros titulares y tres (03) miembros suplentes; el mismo que estará integrado por las siguientes personas: (VER PDF)
ARTÍCULO CUARTO.- FACULTAR al Gobernador Regional aprobar y convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos de los proyectos priorizados hasta la emisión de los Certificados de «Inversión Pública Regional y Local -Tesoro Público» CIPRL, considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Pública Regional con las Empresas Privadas, así como aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del Mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo establece el Artículo 6o del Texto Único Ordenado de la Ley 29230.
ARTÍCULO QUINTO.- SOLICITAR, la Asistencia Técnica, en la Modalidad de Asesoría, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, según los alcances del numeral 6.3 del Artículo 6o del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 29230 y FACULTAR al Titular del Pliego a suscribir el Convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSIÓN.
ARTÍCULO SEXTO: AUTORIZAR, a la Dirección de Administración realizar las afectaciones presupuestaos y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de «Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público» CIPRL, así como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
ARTÍCULO SÉTIMO.- FACULTAR, al Gobernador Regional la reconformación del Comité Especial al que hace referencia el Artículo Segundo y Tercero de este Acuerdo de Consejo Regional, por causales de fuerza mayor, por cese en el servicio o situación justificada.
ARTÍCULO OCTAVO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, el presente Acuerdo del Consejo Regional en el Diario Judicial de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus Modificatorias, y Remitir a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el numeral 12.1 del Artículo 12° del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 29230.
POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.
Dado en la Ciudad de Abancay, Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los trece días del mes de enero del año dos mil veinte.