SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la administrada Nathalie AVENDAÑO CUCCHI, contra la Resolución Directoral N° 089-2019-GR-DRA-APURIMAC, de fecha 10 de abril del 2019. Por los fundamentos expuestos en la parte considera de la presente resolución CONFÍRMESE, en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 226 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que Aprueba el T.U.O, de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO. – DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo, como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Dirección Regional Agraria de Apurimac, a la interesada e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regiónapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.