SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – DECLARAR, la nulidad parcial de la Resolución Gerencial General Regional N°083-2017-GR-APURIMAC/GG de fecha 27/02/2017, en el extremo que se refiere al administrado Américo Bravo Miranda, quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por el administrado Américo Bravo Miranda, contra la Resolución Directoral Regional N° 0019-2017-DREA, de fecha 24/01/2017, reconociendo a su favor el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, (desde la vigencia de la Ley N° 24029 modificada por la Ley N° 25212) hasta la fecha de la derogación del artículo 48 de la Ley N° 24029, modificado por la Ley N° 25212, con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, previa liquidación administrativa, más los intereses legales. Conforme lo dispuesto en la Sentencia de Vista Resolución N°17 de fecha 27/09/2018 en el Expediente N° 00856-2017-0-0301-JR-CI-02, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.
ARTICULO TERCERO. – DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO. – NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la interesada y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.