SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente de Liquidación Técnica y Financiera del: «Servicio de Mantenimiento Rutinario de la Red Vial Departamental no pavimentada Mecanizado (perfilado) del Camino Departamental, Tramo: EMP. PE-3S Pampatama – Tintay – Lucre – Cayhuachahua, Long. 20.30 Km, Distrito de Pomacocha – Andahuaylas – Apurimac», por la suma de SI. 78,378.30 soles; presentado por el contratista Luis Antonio Quintanilla Vargas, por tener la documentación técnica, financiera, administrativa y legal sustentatoria; de acuerdo a los antecedentes documentales y los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurimac, para que devuelva al Contratista Luis Antonio Quintanilla Vargas; la Garantía de Fiel Cumplimiento equivalente al 5% del monto de contrato, por la suma de SI. 3,918.90 soles (Retención), según Orden de Servicio N° 3194-2018, y de acuerdo a los Términos de Referencia del Capítulo III. Requerimiento de la sección específica de las bases integradas.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente resolución al contratista Luis Antonio Quintanilla Vargas, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: DISPÓNGASE, el cierre del expediente respectivo una vez que quede consentida la liquidación y se haya efectuado la devolución de las garantías al Contratista, con relación al mencionado contrato.
ARTÍCULO QUINTO: TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Administración, Programa de Caminos Departamentales y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.