febrero 20th, 2019
ARTÍCULO PRIMERO.- FACULTAR, temporalmente al Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, la conformación de las Comisiones Ordinarias encargadas de dictaminar los Proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional y otras acciones administrativas de su competencia administrativa.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, el presente Acuerdo del Consejo Regional en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 42° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.