HA ACORDADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento del Consejo Regional de Competitividad de la Región Apurímac, que tiene por objeto establecer las disposiciones, atribuciones, competencias y conformación del Consejo Regional de Competitividad de la Región de Apurímac, normar su naturaleza, finalidad, alcances, funciones, organización interna y demás disposiciones complementarias, para liderar, gestionar y asegurar la ejecución del Plan Estratégico de Competitividad de la Región Apurímac 2017 – 2040, ante las Instancias públicas y privadas mediante mecanismos de concertación, coordinación y diálogo interinstitucional; ello atendiendo al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ordenanza Regional 002-2018-GR-APURIMAC/CR.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Regional de Competitividad de la Región Apurímac, tiene la siguiente organización:
1. Consejo Directivo
2. Secretaría Técnica
3. Grupos Técnicos Especializados
ARTÍCULO TERCERO.- El Consejo Regional de Competitividad de la Región Apurímac, estará integrado por los siguientes representantes:
– El Gobernador Regional, quien lo preside
– Un representante de las Municipalidades de la Región Apurímac
– El Gerente Regional de Desarrollo Económico
– El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
– El Gerente Regional de Desarrollo Social
– El Presidente de la Cámara de Comercio y Producción de Apurímac
– El representante de las áreas de Ciencia y Tecnología de la Universidad Nacional Micaela Bastidas