RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 448-2018 GR.APURIMAC.GR

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diciembre 20th, 2018
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 448-2018 GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- REFORMANDOLA, en atención a las decisiones judiciales – Resolución N° 15, de fecha veintitrés de julio del año dos mil dieciocho, con que la Sala Mixta – Sede Central, CONFIRMA, la Resolución apelada número 10 (Sentencia), su fecha veintidós de febrero del año dos mil dieciocho, expedida por el señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Abancay. En consecuencia, DECLARAR, FUNDADA, el recurso administrativo de apelación interpuesto por la señora Vilma Jesús GONZALES AZURÍN, contra la Resolución Directoral Regional N° 0728-2016-DREA, su fecha 19 de agosto del 2016. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución la NULIDAD PARCIAL, de esta última resolución en el extremo gue le corresponde a la actora.

ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, la NULIDAD TOTAL de la Resolución Gerencial General Regional N° 389-2016-GR.APURIMAC/GG, del diez de octubre del dos mil dieciséis, en lo que respecta a la actora Vilma Jesús GONZALES AZURIN, en cumplimiento a la decisión judicial en calidad de cosa juzgada, recaída en la Resolución N° 15 (Sentencia de Vista), su fecha veintitrés de julio al año dos mil dieciocho de la Sala Mixta – Sede Central.

ARTICULO TERCERO.- RECONOCER Y APROBAR, a favor de la demandante Vilma Jesús GONZALES

AZURIN el pago del subsidio por luto y gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones totales o íntegras cada uno (esto es cuatro remuneraciones totales o íntegras) que percibía al veinticuatro de febrero del dos mil uno, con la deducción de lo ya pagado de ser el caso, más los intereses legales previa liquidación administrativa, para cuyo efecto DISPONER, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac por corresponder, REALICE los cálculos económicos por dichos conceptos en función a la Remuneración Total (Integra) de la referida servidora, debiendo para dicho fin realizar las acciones administrativas ante el Ministerio de Economía y Finanzas, a efectos de comprometer y cancelar la deuda reconocida con cargo a los presupuestos autorizados.

ARTICULO CUARTO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTICULO QUINTO.- NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo al Segundo Juzgado en lo Civil de Abancay, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a la interesada e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.

ARTÍCULO SEXTO.- PUBLÍQUESE la presente resolución, en el portal web institucional: www.regiónapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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