SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR la nulidad de la Resolución Ejecutiva Regional N° 237-2013-GR.APURIMAC/PR, de fecha 09 de abril de 2013, emitido por el Gobierno Regional de Apurimac, la Nulidad de la Resolución Ejecutiva Regional N° 863-2014-GR.APURIMAC/PR, de fecha 06 de noviembre de 2014, emitido por el Gobierno Regional de Apurimac; la nulidad del Oficio N° 1541-2014-ME-GRA-DREA-DUGELCH de fecha 08 de julio de 2014, emitido por la Unidad de Gestión Educativa Local de Chincheros y la nulidad de la Resolución Directoral Regional ficta, producido por silencio administrativo negativo de la Dirección Regional de Educación Apurimac, en mérito a la Sentencia – Resolución N° 12 de fecha 05/09/16.
ARTICULO SEGUNDO: CONVALIDAR la unificación de Incentivos Laborales aprobado por la Unidad de Gestión Educativa Local de Chincheros mediante Resolución Directoral N° 3224-2016-UGEL de fecha 29/12/16, mediante el cual se RESOLVIÓ APROBAR LA ESCALA DE INCENTIVO ÚNICO, incorporando al incentivo laboral que se otorga a través de los comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE), que perciben los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, de la sede de la Unidad Ejecutora 303-1011 Educación Chincheros, en cumplimiento al mandato judicial a favor de los servidores comprendidos en la sentencia judicial – Resolución N° 12 de fecha 05/09/16, según el detalle siguiente:(ver en pdf)
ARTICULO TERCERO: DISPONER que el pago del Incentivo Único que se otorga a través del Sub CAFAE de la Unidad de Gestión Educativa Local de Chincheros, de acuerdo a la escala convalidada en el artículo precedente, se ejecutará previa autorización de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, y con sujeción a los presupuestos aprobados para tal fin, de conformidad con los Lineamientos para las Transferencias al CAFAE, aprobados por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01, y en el marco de las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, disposición concordante con el inciso 4 del numeral 8.2 del artículo 8o del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público, Ley del Presupuesto para el año fiscal correspondiente.