SE RESUELVE:
ARTÍCULO 19.- Autorizase la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE y 00/100 SOLES (S/ 1 144 149,00); en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, de acuerdo al siguiente detalle:(VER EN PDF).
ARTÍCULO 2-.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, componentes, finalidades de metas y unidades de medida.
ARTÍCULO 39.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
ARTICULO 49.- Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 545, numeral 54.1, inciso b) de la Ley N9 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la m República, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Contabilidad Pública y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.