CLAUSULA PRIMERA: DE LA BASE LEGAL
El presente Convenio se celebra dentro del marco legal que sancionan las siguientes normas:(VER EN PDF)
CLÁUSULA SEGUNDA: DE LAS PARTES
2.1. EL GOBIERNO REGIONAL, es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal, teniendo jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley, y tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública, oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales que desarrollo.
2.2. PRO DESARROLLO, es un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Apurímac, creado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 457-2011-G.R.APURIMAC/PR. Constituye una Unidad Ejecutora Presupuestal, que cuenta con autonomía técnica, económica, financiera y administrativa, con personería jurídica de derecho público, es una institución pública competitiva especializada que brinda soporte técnico en materia de desarrollo integral de la actividad agropecuaria, gestión del ambiente y recursos naturales, así como el riego en las cuencas hidrográficas y otros que busca elevar el nivel de vida de los productores agrarios y población de influencia, mediante el fortalecimiento de sus capacidades. Ejecuta proyectos de infraestructura e hidráulicos sostenibles para el aprovechamiento y optimización de recursos hídricos con enfoque de cuencas, género e interculturalidad, en alianza con instituciones públicas, privadas y la sociedad