SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por Plácido Gamarra Solís, contra la Resolución Directoral N° 156-2018-GR.DRA-APURIMAC, de fecha 09 de agosto de 2018, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia SUBSISTENTE Y VÁLIDA, la resolución materia de cuestionamiento.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con el literal b) del numeral 226.2 del artículo 226° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS.
ARTÍCULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen (Dirección Regional Agraria de Apurímac), por corresponder, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la Dirección Regional Agraria de Apurímac, al interesado y sistemas administrativos que correspondan del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.