SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR el expediente N° 2010-041219 y Expediente con registro N° 2018-1090 presentado por el administrado NICANOR PRUDENCIO ROQUE, por tratarse de asuntos conexos en observancia a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: TÉNGASE POR DESISTIDO a NICANOR PRUDENCIO ROQUE de la «QUEJA POR DEMORA EN EL TRÁMITE DE TITULACIÓN DE PREDIO RURAL», desistimiento que fue presentado mediante solicitud de fecha 27 de junio del 2018 con registro N° 2018-1090, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DAR POR CONCLUIDO el PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO sobre «QUEJA POR DEMORA EN EL TRÁMITE DE TITULACIÓN DE PREDIO RURAL»,
debiendo notificarse al administrado para los fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, la custodia del expediente y, la integridad de sus documentos pertinentes materia de la Resolución, en la Oficina de la Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural- Abancay, del Gobierno Regional de Apurímac, para los fines de ley.