ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Creación de la Comisión Tripartita para impulsar el proceso de la elaboración o actualización concertada del Plan de Desarrollo Integral de la provincia de Cotabambas en el marco del Desarrollo de la Región Apurímac.
ARTÍCULO SEGUNDO.-APROBAR, la Conformación de la Comisión Tripartita:
La Comisión Tripartita a que se refiere el presente Artículo, estará integrado por representantes del Gobierno Regional de Apurímac, del Gobierno Local, las Organizaciones de la Sociedad Civil y del sector privado, según el detalle siguiente:
Representantes del Gobierno Regional de Apurímac, Uno por la Gobernación Regional, el segundo acreditado por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
• Un (01) Representante de la Municipalidad Provincial de Cotabambas.
• Un (01) Representante de cada Municipalidad Distrital de la provincia de Cotabambas.
• Un (01) Representante del sector privado.
• Un (01) Representante del Frente de Defensa de los Intereses de Cotabambas.
• Un (01) Representante de cada Frente de Defensa Distrital de Cotabambas.
• Un (01) Representante de la Federación de Comunidades Campesinas de Cotabambas.
• Un (01) Representantes por cada ONG ubicadas en la jurisdicción de la Provincia de Cotabambas.
ARTÍCULO TERCERO.- La Comisión deberá armonizar las políticas y planes nacionales y regionales con el Plan de Desarrollo Provincial que se apruebe, a fin de darle coherencia y mayores niveles de eficacia a la intervención del Estado.
ARTÍCULO CUARTO.- La comisión tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Judicial de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, conforme el Artículo 42° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.