ARTICULO PRIMERO.- ACUMULAR los expedientes Administrativos antes referidos por tratarse del mismo caso que amerita resolver conjuntamente.
ARTICULO SEGUNDO.- Declarar FUNDADO los recursos de Apelación interpuesto por las señoras: Basilides Juana Triveño Pampas y Elva Lida Carrasco Quino Viuda de Valdivia, contra la Resolución Gerencial Regional 001-2018-GR.APURÍMAC/GRDS, de fecha 23 de enero del 2018, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución; en consecuencia SUBSISTENTE y VALIDA la Resolución Directoral Regional N° 1049-2016-DREA Procedimiento Administrativo General y su modificatoria el Decreto Legislativo N° 1272 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS. ergo dichos actos administrativos deben prevalecer, disponiéndose su ejecución, en el extremo referido a las administradas, quedando subsistente, todo lo demás que contlen dichos actos administrativos, Quedando agotada la vía administrativa, de conformidad con lo prescrito en el articulo 226° del mismo cuerpo normativo.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a las interesadas y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac www.reqionapurimac.qob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.