ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Modificación de los Artículos 14a, 70° al 75° y la Incorporación de los Artículos 70-A y 75-A, del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional de Apurímac, referidos a la Organización Funcional del Consejo Regional y la Naturaleza y Funciones de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, conforme al anexo 1 debidamente visado que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Apurímac, ejecute las acciones administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional
ARTÍCULO TERCERO.- Déjese sin efecto las disposiciones legales que se opongan a la presente norma legal.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración y a la Secretaria General del Gobierno Regional de Apurímac, la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario “El Peruano”, así como en el Diario de mayor circulación de la Región, y el portal Web del Gobierno Regional de Apurímac; www.reqionapurimac.qob.pe.