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ARTICULO PRIMERO: CONFORMAR, la Comisión de Revisión y Aprobación del Expediente Técnico (CRAET), para la aprobación del Expediente Técnico del Proyecto: “Mejoramiento del Servicio de Educación Inicial en las Instituciones Educativas N° 1018, N° 178, N° 718, N° 779, N° 784, N° 719, N° 778 y N°180 del Distrito de Mara, Provincia de Cotabambas, Región Apurimac”, la misma que estará integrada por:
PRESIDENTE Ing. José Gregorio Soto Rodríguez
INTEGRANTE Ing. Julio Enrique Ayque Rosas
INTEGRANTE Arq. Tulio Jianying Chaparro Soto
ARTÍCULO SEGUNDO: La Comisión deberá instalarse de manera inmediata y sus acciones deberán de ceñirse de manera estricta a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 001-2010-GR.APURIMAC/PR aprobado mediante Resolución Ejecutiva Presidencial N° 147-2010-GR.APURIMAC/PR, de fecha 08 de marzo de 2010 y demás normas aplicables a la materia.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno de los miembros integrantes de la Comisión, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTÍCULO QUINTO: SE DISPONE, la publicación de la prese resolución en ia página web dePSobierno Regional de
Apurimac www.regionapurimac.gob.pe., de conformidad y ei/< plimiento a lo prescrito por la Ley qe Transparencia y
Acceso a la Información Pública.