ARTICULO PRIMERO.- HABILITAR FONDOS POR ENCARGO INTERNO, para la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nombre del Servidor Nombrado JUSTINO CUIPA ÑAUPA identificado con Documento Nacional de Identidad N2 31363829, por el importe de S/ 2, 990.00 (Dos mil novecientos noventa con 00/100 soles) de acuerdo al cuadro siguiente:
ARTICULO SEGUNDO.- El gasto del fondo habilitado se aplicara a la especifica de gasto señalado en el cuadro precedente con detalle en el correlativo de meta, los que están considerados en el clasificador por objeto del gasto para el año fiscal 2018.
ARTÍCULO TERCERO.- El responsable del fondo vía encargo se compromete a presentar la rendición de cuenta documentada en un plazo que no debe de exceder los tres (3) días hábiles después de concluida la actividad materia del encargo, conforme a lo señalado en el numeral 40.3 de la Directiva de Tesorería aprobada mediante Resolución Directoral Na 002-2007-EF/77.15 modificado con la Resolución Directoral Na 004-2009-EF/77.15 de fecha 08 de abril del 2009.
La actividad materia del Encargo se llevará a cabo tal y como se ha señalado en los considerandos, detallándose en el siguiente cuadro:
ARTÍCULO CUARTO.- Remitir copia de los actuados a la Dirección Regional de Administración.
ARTITUCLO QUINTO.- Transcribir la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al Responsable del manejo del Fondo por Encargo Interno, al Órgano de Control Institucional, a los Sistema Administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.