ARTÍCULO PRIMERO.- DAR POR CONCLUIDA la Carrera Administrativa por la causal de límite de edad (70) años al servidor de carrera Magno Estanislao VEGA CUARESMA, Ingeniero Ciencias Agropecuarias III, Nivel Remunerativo SPC, de la Sub Gerencia de Proyecto de Infraestructura e Inversión Pública y Privada de la Gerencia Regional de Infraestructura, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, expresándole el agradecimiento por los importantes servicios prestados a favor del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el servidor haga entrega formal del cargo, bienes y asuntos pendientes de atención ante su Jefe Inmediato, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 191° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado con Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
ARTÍCULO TERCERO.- DECLARAR VACANTE la Plaza N° 151 Ingeniero Ciencias Agropecuarias III, Nivel Remunerativo SPC, de la Sub Gerencia de Proyectos de Infraestructura Inversión Pública y Privada de la Gerencia Regional de Infraestructura, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, susceptible a cubrirse de acuerdo a las necesidades propias de la Institución, y conforme a ios procedimientos de Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón disponga el reconocimiento de los beneficios sociales que correspondan a favor del servidor de carrera con arreglo a Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, al legajo personal e interesados para los fines consiguientes.