ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR el Comité de Recepción y Liquidación Técnica y Financiera, de la Obra: “MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE ATENCION DEL CENTRO DE SALUD DE RANRACANCHA, DISTRITO DE RANRACANCHA, PROVINICIA DE CHICNHEROS, REGION APURIMAC”, de acuerdo al siguiente detalle:
ARTICULO SEGUNDO.- La comisión deberá instalarse de manera inmediata y sus acciones deberán de ceñirse de manera estricta a las decisiones contenidas en la Directiva N° 001-2010-GR.APURIMAC/PR, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 047-2010-GR.APURIMAC/PR, y la Directiva N° 003-99.CTAR.APURIMAC/PE, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Presidencial N° 416-99.CTAR-APURIMAC/P, y demás normas complementarias y/o modificatorias.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno del miembro integrante de la comisión, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTICULO CUARTO.- TRANSCRIBIR, la presente resolución de la Dirección Regional de Pre Inversión, Dirección Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, y demás sistemas administrativos de Gobierno Regional de Apurímac, para su cumplimiento y demás fines de la Ley.