diciembre 12th, 2017
ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR, Compensación Económica por vacaciones no gozadas y vacaciones Truncas, a favor de la ex trabajadora contratada Econ. DENABETH PEÑA CAYTUIRO, quien prestó sus servicios en la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac, bajo el Régimen Especial de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), por el periodo de Dos (02) años, Un (01) mes y Trece (13) días, dicho beneficio se otorgará tomando como base de cálculo la Remuneración Mensual Total y previa deducción de 01 día de licencia a cuenta del descanso vacacional, asciende al monto de Siete Mil Setecientos Quince con 56/100 (S/7 715,56) Soles,
desagregado de la siguiente forma: