ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD vía Declaración Propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio en Predios Rústicos en favor de BENITO CHACON VEGA y DOROTEA VARGAS ALTAMIRANO, respecto del Inscrito en fecha 04.01.2017, siendo la descripción del predio el siguiente: Predio Rural NOMBRE DEL PREDIO: ORONCCOY, SECTOR: LLACTAPAMPA, VALLE: HUANIPACA, DISTRITO: HUANIPACA, PROVINCIA: ABANCAY, DEPARTAMENTO: APURÍMAC, CODIGO CATASTRAL: 8_7458500_070719, UNIDAD CATASTRAL: 070719, AREA: 0.1873 Ha, PERIMETRO_M: 21.22, CENTROIDE ESTE: 724042, CENTROIDE NORTE: 8507641, debidamente inscrito en la partida lectrónica N° 11056506 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X – Sede Cusco – Oficina Registral ‘e Abancay, al haber satisfecho todos los requisitos y exigencias establecidos en el Decreto Supremo N° 2008-VVIIENDA.
ARTICULO SEGUNDO.- SE DISPONE se emita el instrumento de formalización en favor BENITO CHACON EGA y DOROTEA VARGAS ALTAMIRANO, respecto del predio identificado con la Unidad Catastral N° 0719 para su inscripción en el Registro de Predios correspondiente.
‘ARTICULO TERCERO.- SE DISPONE, la publicación de la presente Resolución Gerencial Regional por el termino de ley en la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y NOTIFICAR la presente Resolución Gerencial a los interesados.
RTICULO CUARTO.- SE DISPONE, que el expediente administrativo materia de la presente Resolución ermanecerá en custodia de la Oficina de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural de Abancay.