![](https://app.regionapurimac.gob.pe/transparencia/wp-content/themes/afx-trans/images/down.png)
DECLARAR , INFUNDADO, los recursos de apelación interpuesto por los señores: Víctor Zenovio SARMIENTO ASCUE , contra la Resolución Directoral Regional N° 1111-2015-DREA , de fecha 17 de noviembre del 2015 , Sofía Rina ALMANZA MERINO , contra la Resolución Directoral Regional N° 1113-2015-DREA su fecha 17 de noviembre del2015 , Luz Marina BLANCAS SOTA , contra la Resolución Directoral Regional N° 1075-2015-DREA de fecha 10 de noviembre del 2015 , Leonardo HUACHACA CHULLCA , contra la Resolución Directoral Regional N° 1075-2015-DREA , su fecha 10 de noviembre del 2015 , Juan Dionisia BALLON PINARES , contra la Resolución Directora! Regional N° 0955-2015-DREA , del 22 de octubre del 2015 , Ubaldino ROLDAN JUAREZ , contra la Resolución Directoral Regional N° 0954-2015-DREA , del 22 de octubre del 2015 , Ascencia GOMEZ HANCCO, contra la Resolución Directoral Regional N° 1075-2015- DREA , del 10 de noviembre del 2015 , Luis LOPEZ CHOQUECAHUANA, contra la Resolución Directoral Regional N° 1035-2015-DREA , del 27 de octubre del 2015 , Samuel GUILLEN VILLAVICENCIO, contra la Resolución Directoral Regional N° 1052-2015-DREA , del 29 de octubre del 2015 y Magda Martha SARMIENTO DE MERMA , contra la Resolución Directoral Regional N° 1042-2015-DREA , su fecha 29 de octubre del 2015 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerataiva de la presente resolución SUBSISTENTES y VALIDAS las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Admintrativo General.