comisión de servicio cuando se encontraba en pleno ejercicio de sus funciones como Alcalde de Municipalidad Distrital de HUAYLLATI Provincia de Grau-Apurímac, con ascenso póstumo al causante a la categoría, Nivel Grado Sub Grado Inmediato Superior.
ARTICULO SEGUNDO.- OTORGAR, Indemnización Excepcional ascendente a la suma de SI. 3,780.00 (Tres Mil Setecientos Ochenta con 00/100 nuevos soles) a favor de su Hija supérstite ANA LUISA QUISPE BALLON, con afectación a la fuente de financiamiento y cadena presupuestal de la Municipalidad Distrital de Huayllati Provincia de Grau de Apurimac.
ARTICULO TERCERO.- OTORGAR, Pensión de Sobreviviente de Orfandad a partir del fallecimiento de José Quispe Condori en su condición de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllati Provincia de Grau de Apurimac, a favor de su heredera ANA LUISA QUISPE BALLON con afectación a la fuente de financiamiento y cadena presupuestal de la Municipalidad Distrital de Huayllati Provincia de Grau de Apurimac .
ARTICULO CUARTO.- DISPONER, que la beneficiaria a la pensión de Sobrevivientes- de Orfandad presente anualmente a la Municipalidad Distrital Huayllati de Provincia de Grau de Apurimac, la declaración jurada de no encontrarse incursos en los alcances del artículo 17 del Decreto Supremo N° 051-88-PCM , en forma obligatoria.