LEY DE TRANSPARENCIA

¿Que es la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública?

La Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública fue publicada en el diario oficial El Peruano el 3 de agosto de 2002 y entró en vigencia plenamente a partir del 1 de enero de 2003. La razón de esta demora fue que el Congreso de la República creyó conveniente dar un plazo de cinco meses a todas las entidades públicas para que se adecuaran a sus nuevas disposiciones.

La Ley 27806 es considerada una ley de desarrollo constitucional, toda vez que regula el ejercicio de un derecho consagrado en la Constitución Política del Perú. El artículo 2 inciso 5 de la Constitución establece como un derecho fundamental de toda persona, el de solicitar y recibir información de cualquier entidad pública, sin expresión de causa, dentro del plazo de ley, y con el costo que suponga el pedido. De acuerdo con el mismo artículo, queda excluida del acceso público aquella información que atañe a la intimidad personal, a la seguridad nacional, o si expresamente lo dispone una ley del Congreso de la República.

En febrero de 2003, el Congreso de la República dictó la ley 27927 que hizo más específica la información que podía ser excluida del acceso público, para ayudar a los funcionarios del Estado a identificarla. El Congreso dividió la información que no es de acceso público en tres grandes grupos: información secreta, información reservada e información confidencial.

Estas modificaciones fueron incorporadas oficialmente a la Ley 27806, resultando en el Texto Único Ordenado de la Ley 27806 que es el texto oficial que rige actualmente en el Perú. Esta norma es conocida como la Ley de Acceso a la Información.



¿Qué es el Acceso a la Información Pública?

El Estado tiene mucha información que atañe a todas las áreas de la vida de la nación, como por ejemplo la salud, la educación, el medio ambiente, las inversiones públicas, la seguridad ciudadana, y la justicia, entre otras.

La Constitución Política del Perú reconoce el derecho de todas las personas a obtener esta información para mejorar su calidad de vida y sus posibilidades de participación tanto en la actividad pública como en la actividad privada. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública ha establecido reglas para que cualquier persona sepa cómo ejercer este derecho.



El principio de publicidad

La ley de acceso a la información establece una nueva regla de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios y servidores públicos: Toda la información que poseen y producen dentro de una entidad pública puede ser conocida por cualquier persona. Esta nueva regla termina con la idea de muchos funcionarios y servidores públicos según la cual a ellos se les prohíbe hacer de conocimiento público los documentos (la información) que hay en las entidades del Estado. Sólo en casos muy específicos, y debidamente señalados en la ley de acceso a la información, los funcionarios pueden excluir del acceso público a determinada información que está en su poder.



¿Quién puede pedir información?

El derecho a solicitar y recibir información pública de cualquier entidad del Estado, es un derecho fundamental de toda persona. Esto quiere decir que cualquier persona puede ejercer este derecho sin distinción de raza, edad, nacionalidad, sexo, religión, opinión y pensamiento, actividad, cultura, educación, ni de ninguna otra índole. Las organizaciones civiles, inscritas o no en cualquier registro, pueden solicitar información a través de sus representantes sin necesidad de acreditar dicha representación. Es un derecho solicitar y recibir información pública sin expresión de causa, es decir, sin justificación o explicación alguna. Esto quiere decir que todos los funcionarios y servidores del Estado deben cumplir con su deber de entregar la información solicitada, y asegurar el cumplimiento de este deber en las instancias inferiores a su cargo.



¿Qué información es posible solicitar a una entidad pública?

Es toda información que las entidades públicas poseen o han producido y que se conservan en:

  • Documentos escritos.
  • Fotografías.
  • Grabaciones.
  • Soporte magnético o digital.
  • Cualquier otro formato existente en la entidad.

Ejemplos de información que se puede solicitar:

  • Estudios.
  • Dictámenes.
  • Datos estadísticos.
  • Informes técnicos.
  • Actas de reuniones oficiales.
  • Normas internas.


¿Qué información no está obligada a brindar una entidad pública?

Para responder a un pedido de información, el Estado no tiene la obligación de dar opiniones o justificaciones a través de sus funcionarios, ni tampoco está en la obligación de crear o producir información con la que no cuente o no tenga la obligación de contar, ni tampoco está obligado a hacer evaluaciones o análisis de la información que posee.



Obligaciones y Sanciones.

La ley de acceso a la información señala que toda infracción a las obligaciones que ella y su reglamento establecen es considerada una falta grave y conlleva la más fuerte sanción administrativa.

El reglamento de ley de acceso a la información ha especificado las obligaciones de los funcionarios cuyo incumplimiento debe sancionarse:

Obligaciones del funcionario responsable del acceso a la información:

  • Atender las solicitudes de acceso a la información dentro de los plazos establecidos por la ley.
  • Requerir la información al área de la entidad que la haya creado u obtenido, o que la tenga en su posesión o control.
  • Poner a disposición del solicitante la liquidación del costo de reproducción.
  • Entregar la información al solicitante, previa verificación de la cancelación del costo de reproducción, y
  • Recibir los recursos de apelación interpuestos contra la denegatoria total o parcial del pedido de acceso a la información y elevarlos al superior jerárquico, cuando hubiere lugar.

Obligaciones del funcionario que haya creado u obtenido la información, o que la tenga en su posesión o bajo su control:

  • Brindar la información que le sea requerida por el funcionario responsable de entregar la información.
  • Elaborar los informes sobre la información clasificada que se encuentra bajo su poder.
  • Verificar que el documento que entrega es copia fiel del que obra en su archivo.
  • Mantener un archivo ordenado.


¿Cómo plantear una queja administrativa?

Todo incumplimiento a la ley de acceso a la información debe ser considerada una falta grave. Esta categoría de faltas son las que reciben la máxima sanción, es decir, la destitución del funcionario.

La forma cómo se acusa formalmente a un funcionario por la comisión de una falta grave relacionada con el incumplimiento de la ley de acceso a la información es la siguiente:

  • Se inicia presentando la queja ante el superior jerárquico del funcionario aludido.

  • El superior resuelve la queja y, en caso de declararla fundada deberá dictar las medidas correctivas pertinentes, y en la misma resolución disponer el inicio del procedimiento administrativo sancionador.



¿Cómo plantear una denuncia por abuso de autoridad?

La ley de acceso a la información señala que además de la sanción administrativa también cabe una sanción penal por delito de Abuso de Autoridad, tipificado en el artículo 377 del Código Penal (incumplimiento del deber).

Artículo 377: Incumple su deber el funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, y será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa.

La denuncia se presenta ante el fiscal de turno quien inicia las investigaciones y determina si existe o no merito para formalizar una denuncia ante el Poder Judicial.

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