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DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Apurimac, Direcciones Regionales Sectoriales y Órganos Desconcentrados, el irrestricto cumplimiento de la normatividad legal vigente sobre Accesibilidad de la Persona con Discapacidad a las Infraestructuras Públicas, considerando obligatoriamente en las Fases de Pre Inversión e Inversión de los Proyectos de Inversión Pública – PIP.